Hace unos días recibí un correo electrónico en el que me preguntaban sobre la forma en la que cobramos los arquitectos

Buenos días, soy estudiante de la carrera de arquitectura y me han encargado realizar una pequeña entrevista sobre el tema de los Aranceles, en verdad me ayudarían muchísimo, he visto su página y me gustaría saber su opinión.

Esther me hizo algunas preguntas que considero muy bueno contestar:

¿Qué tanto se apegan los arquitectos a dicha Ley al momento de establecer el pago de honorarios por sus trabajos?

Primero que nada debemos precisar que la propuesta de arancel de la FCARM (que se origina en los trabajos del Colegio de Arquitectos de Hidalgo. Ver AQUÍ) es una recomendación a los profesionales sobre el cobro de sus honorarios. No es una ley o un reglamento. En términos coloquiales, es una propuesta que se le hace a los arquitectos (y a la población en general) de cómo y cuánto cobrar por sus servicios.

Tradicionalmente se ha pensado que el arquitecto hace construcciones, o «vende» construcciones. Pero la realidad es que los arquitectos ofrecemos «servicios de arquitectura» que, en algunos pequeños casos, pueden ser edificios.

Sin embargo, se ha preguntado ¿cuánto debe de cobrar un arquitecto por una consultoría, por un diseño interior (la idea, no construirlo), por un estudio de impacto, por un proyecto a nivel documento?

¿Los clientes están dispuestos a pagar sin «regatear» los honorarios profesionales de un arquitecto?

Yo siempre me voy con la base de que todos cuidamos el dinero. Ya sea como compradores o vendedores. Cada vez más las personas (los clientes) entienden el por qué de los honorarios de un profesional (arquitecto, abogado, médico, etc.). Por lo mismo, lo que a nosotros nos ha funcionado es ser ser siempre claro con el cliente, además de entender que no solo quieren un proyecto, requieren de soluciones a los distintos problemas que se plantean.

¿Cuáles son los beneficios para el cliente y para el arquitecto al firmar un contrato de servicios profesionales?

Aunque no necesariamente una cotización concluye con un contrato de prestación de servicios, el establecer los acuerdos por escrito permiten poner las cosas en claro, no solo para el ciente, sino para los alcances del trabajo que uno desarrollo.

¿De qué manera formalizan los cambios realizados fuera de lo contratado?

Lo más importate es establecer los alcances desde el principio. Incluso alcances extraordinarios. Sin embargo, cuando hay cambios fuera de lo pactado (por ejemplo, que se contrate para diseñar una vivienda, y que despues se piense en una vivienda y un local comercial) se debe de platicar con el cliente.

En la mayoría de los casos (en todos, para nosotros) el cliente lo comprende y acepta una adición al presupuesto. Siempre es mejor dejarlo por escrito, o al menos en un correo electróncio. Por seguridad y tranparencia de ambas partes.

¿Qué recomendación le daría a los que próximamente vamos a egresar de la carrera?

Siempre ser claros y sinceros con el cliente. Todos buscan en nosotros a profesionales que les apoyemos en sus proyectos. Pero, sobre todo, ser empáticos y entender que para nosotros podría significar un trabajo más, pero para las familias es, quizás, el sueño de su vida. En la medida que comprendamos que sus sueños, sus ideales, son nuestros, podremos ofrecer un servicio de calidad a quienes nos brindan la confianza de contratarnos.